El otro día fue uno de esos en que regreso del trabajo sin saber muy bien si instar directamente al suicidio colectivo desde el teletipo, o esperar a llegar a casa y hacerlo a través del blog: “piden 17 años para el acusado de estrangular a su pareja por celos“.
Lo que me lleva haciendo pensar casi obsesivamente en ese juicio desde entonces fue algo que dijo el abogado defensor -que, dicho sea de paso, tomó como estrategia el demostrar que la muerta había sido efectivamente “infiel”-. El tal señor invocó, en su petición de pena, un atenuante “por celos”, que podría justificar el que la pena se rebajara al grado menor, de asesinato a homicidio.
Hasta esta mañana, no he logrado encontrar la clave de la cosa. Y mantenía la esperanza de que él se hubiera explicado mal, de que lo hubiera entendido mal yo.
Pero no, señoras y caballeros. Ni él se explicó mal, ni lo entendí mal yo. Efectivamente, dentro de las causas posibles del “trastorno mental transitorio” que nuestro código penal recoge como posible “eximente incompleta” del delito de homicidio, están los celos.
Efectivamente: nuestros abogados admiten que los celos son causa que reduce la responsabilidad, cuando uno mata a otro.
¿Lo repito? Los celos son causa que reduce la responsabilidad, cuando uno mata a otro.
Ahora, decidme si esto es o no suficiente para negar la mayor y gritar, como otros, en una lengua propia, aquello de “este es un juicio ilegítimo, yo no reconozco a este tribunal”.
Porque es que ni a este tribunal, ni a estos señores, ni a este código, ni a este mundo.
¿Lo repito?
(Desde entonces, escuchando compulsivamente ese disco oportunamente llamado “La ley innata”. Porque se me ha quedado en la cabeza ese momento del “Primer movimiento”, para repetir, también, aquello de
Hoy han dicho en la tele
que han muerto tres mujeres
y que han sido ellos…
Demencial!
La idea de la posesión sobre la otra persona está increíble y tristísimamente arraigada en el insconciente colectiva.
Suena a que si mi lavadora se va con otro tengo derecho a tirarla.
Qué horror
Lo terrible es que parece que ese arraigo es del todo consciente, al menos para quienes elaboran las leyes.
¿Por qué poseer sólo objetos cuando tenemos “potestad” para poseer gente? Y quien posee puede pedir el libro de reclamaciones, que le devuelvan el dinero, romper el juguete.